26.9.12

TLC y derecho de autor

Desde la formalización del tratado con EU., interesa la negociación en este punto

/eltiempo.com

Bajo el argumento de la creciente importancia que tienen las actividades culturales y creativas en la generación de empleo y riqueza y en el comercio internacional, el camino obvio es el de buscar una protección adecuada y vigorosa, como mecanismo para estimular y proteger a los creadores y las industrias culturales.
El ampliar el alcance de la protección pasó necesariamente por el entendimiento de fortalecer estos derechos, de forma que les permitiera a los creadores y a los artistas controlar obras y prestaciones protegidas, en el momento de su  reproducción y comunicación pública en un ambiente digital. También pesó, el que  además de  predicar la importancia económica de los contenidos protegidos por el derecho de autor, es necesario garantizar bienestar a los hacedores de los mismos. Quien crea y compone, quien produce conocimiento, tiene tanto derecho a su bienestar como el que contribuye a la producción de bienes manufacturados. Este es un fin del Estado y no retórica vana.
Para entender el alcance del TLC en esta materia, es preciso saber que el almacenamiento digital, como una forma de reproducción, es una figura que está contenida en el Tratado OMPI sobre Derecho de Autor (1996), el cual fue incorporado a la legislación colombiana por la Ley 565 de 2000 (en relación con los autores), y la Ley 545 de 1999 (en relación con la interpretación, ejecución y fonogramas). De manera que Colombia, en su negociación con E.U., no hizo más que consagrar un compromiso que había adquirido desde hacía más de 10 años.
Se ha señalado, de manera incorrecta, que lo que se está penalizando es el acceso a Internet. Pero no ha quedado claro que los usuarios pueden acceder a los contenidos disponibles en la Red para su consumo personal, siempre y cuando no se extralimiten, ni busquen un lucro, pues estarían haciéndole un daño al titular del derecho. La Ley es clara al decir que es libre la utilización, la 23 de 1982 señala que el uso de las obras es libre en el domicilio privado, sin ánimo de lucro, entendiendo por ello la ganancia o provecho que se le saca a algo. 
El gran problema en los países en desarrollo es que la tecnología no vino aparejada de una comprensión del fenómeno en lo social, en lo económico, en lo jurídico, en lo político, y mucho menos en lo ético. Solemos defender con vigor la posibilidad de acceder a los contenidos, pero nunca cuestionamos quién los produce, cómo los hace y a qué costo. Cuando pensamos en los contenidos que circulan en la Red, no hablamos de márgenes de ganancia, de calidad, ni de  costos. La sostenibilidad de la creación no pasa por nuestras mentes.
Una o 2 generaciones, en estos países, llegaron a la tecnología sin entender que en Internet no todo se puede y no todo se permite. Eso ha significado una deformación en el imaginario de personas que se acostumbraron a escuchar que la brecha cultural se iba a superar con Internet, cuando paralelamente los gurús de la economía estructuraron toda una forma de capital en función del conocimiento. Dos tendencias que en la práctica se están repeliendo. En E.U., cuando sacaron de circulación a Napster, los jueces afirmaron que, bajo el imperio de la Constitución, nadie estaba habilitado para hacer riqueza a partir del trabajo de otro, sin las debidas garantías. Y se hizo hincapié en que los usuarios debían tener un comportamiento ético frente al uso, goce y disfrute de las obras literarias y artísticas en la Red. 
Colombia hace grandes inversiones para ensanchar la base del conocimiento, para tener gente más capacitada y poder competir a nivel internacional. Podemos ser un país productor y exportador de contenidos culturales porque tenemos un repertorio vivo en música, artes, literatura, audiovisual e investigación entre otros, pero para que el camino sea exitoso, debemos proteger a nuestros creadores e industrias. Es por eso que Colombia, por ejemplo, pidió la protección de las señales de TV, pues es claro que la de nuestro país no solo es reconocida por su variedad y versatilidad de contenidos, sino que es ampliamente pirateada en muchas regiones del continente.
Estoy convencido de que Colombia, desde el punto de vista de las ventajas competitivas, hizo un buen negocio en el TLC en materia de derecho de autor. Otra cosa es preguntarse quién tiene que sembrar cultura, hábitos y formular una ética en la sociedad.
Diríamos todos que el Estado, a través de sus  instituciones es el llamado a formar a los ciudadanos en el uso de la Red.  Eso no puede tardar porque existe gran desconocimiento y mucha gente que busca confundir. Dejar de lado esta gran conquista es volver al mecenazgo, al auxilio y a la contribución generalizada que determina contenidos, gustos y repertorios. No debemos olvidar que la libertad en las expresiones culturales llegó cuando el autor pudo vivir de las suyas.

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